Contenido del Concepto
Todo lo anterior, en aras de acreditar al Juez Popular la imposibilidad fáctica y jurídica del cumplimiento del fallo judicial por causas no imputables al ente territorial, a efectos de no constituir un desacato al cumplimiento de las órdenes judiciales. De igual modo, nos permitimos adjuntar concepto jurídico rendido previamente por la Secretaria Jurídica a la Secretaria del Interior, a través del cual se determinan unos lineamientos generales con ocasión al cumplimiento de fallos de tutela que ordenan la reubicación definitiva de personas en estado de emergencia y/o adjudicación de subsidios temporales de arrendamiento.