Escudo Bucaramanga

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Decreto N° 0161 de 1957

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"Por el cual se deroga el decreto No 137 de 1957, se autoriza la contratación de un empréstito y se disponen las garantías para respaldarlo." .[ Se derogó el Decreto No. 137 del 29 de Octubre. Se autorizó al Alcalde y al Personero Municipal, para contratar un empréstito de $800.000.oo de valor nominal de Cédulas Hipotecas del Banco Central Hipotecario, con intereses del 9% anual. con plazo de 10 años para su amortización e intereses, en cuotas mensuales, y con las estipulaciones usuales del prestamista en esa clase de operaciones de crédito. El producto líquido del empréstito se aplicó única y exclusivamente a la compra de lotes para escuelas, construcción de locales escolares y dotación de los mismos. Para garantizar el préstamo se pudo hipotecar la plaza de Mercado Central y se pignoró en e grado legal del impuesto de Industria y Comercio. Éste decreto requirió la validación del Gobierno Departamental y el Ejecutivo Nacional.]
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