Escudo Bucaramanga

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Decreto N° 0116 de 1957

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"Por el cual se establece vigilancia en la ciudad para el acaparamiento y la especulación.". [ Se decretó que el servicio de vigilancia y control del acaparamiento y especulación con los precios de los artículos de primera necesidad, se prestó ad-honorem por las personas designadas en el Decreto. Debían vigilar todos los establecimientos comerciales que se expidieron artículos de primera necesidad según la clasificación de los Art. 2o. del Decreto 0102 de 1.957 y 1o. del Decreto 1550 del mismo año, expedidos por el Gobierno Nacional, a efecto de cerciorarse de las existencias de víveres. Debieron fijar una lista de precios y demás modalidades que sirvieron para formar juicio que se estuvieron cumpliendo las disposiciones legales vigentes sobre la materia. Los precios para la venta de azúcar sulfatado al detal fueron los fijados en la Resolución No. 1167 de 1.957 del Ministerio de Fomento y la alteración se dio como se indicó en el artículo 3o.de la misma Resolución. Se nombraron los señores para presentarse en la ciudad al servicio de vigilancia, bajo dirección y coordinación inmediata del Sr. Alejandro Jaimes.
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