Escudo Bucaramanga

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Decreto N° 0103 de 1950

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"Por el cual se adopta el Código de Edificaciones del Municipio de Bucaramanga". [ Primera Parte, Generalidades, El Código de Edificaciones se aplicó a todos los asuntos relacionados con la construcción, modificación, demolición, conservación, y uso de toda clase de edificios particulares, también incluyó las construcción de andenes, cañería, levantamiento de andamios en las vías públicas, colocación de avisos, obras de urbanización, loteos, parcelación o subdivición de lotes y demarcación. Al Alcaldía Vigilaba por medio de la Sección de Obras Públicas, la vigiancia, cumplimiento y sanciones de todos los trámites, Se definen los coneptos de "Acera", "almacén", "Alteración", "Altura de un Edificio ", "Altura de un piso", "Altura Libre", "Andamio", "Chaflan", "local", "pasaje" , "Techo", entre muchos otros. Se recularon las licencias y el control de las obras en la parte segunda, bajo el artículo 5o. a 16. Sobre Control de Obras del Art, 17 al Art, 28. De los proyectos sobre las normas para el cálculo. Del alineamiento y de la nivelación del Art. 30 al Art. 32, sobre el
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