Escudo Bucaramanga

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Decreto N° 23 de 1947

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Descripción del Documento
"Por el cual se reglamenta el cobro sobre el impuesto de extracción de arena, piedra y cascajo" [Se estipula un plazo de quince días para que todos los propietarios de vehículos que se dediquen a la extracción de materiales de arena, piedra y cascajo, se escriban a la sección de hacienda municipal para efectuar los pagos correspondientes al impuesto. Los agentes de policía están en la obligación de exigir los recibos correspondientes de pago, los cuales se efectuaran mes a mes. En caso de no cumplimiento se aplicaran multas según sea el caso.]
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