Escudo Bucaramanga

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Decreto N° 0021 de 1943

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"Por el cual se prohíbe la mendicidad y se dictan otras disposiciones" [Se prohibió públicamente mendigar públicamente, las personas indigentes impedidas por enfermedad o edad para trabajar debían ser conducidas ante la policía y, previo examen médico, hospitalizadas o asiladas. Asimismo, determinó que quienes se dedicaran habitualmente a la mendicidad sin causa, o valiéndose de menores de edad, serían considerados vagos según el Artículo 1º de la Ley 48 de 1936 y relegados a una Colonia Penal Agrícola]
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