Descripción del Documento
"Por el cual se ordena construir el alcantarillado entre la calle 4 y 5. Cra 14." [Mediante el Artículo 1°, el Alcalde ordenó formalmente la construcción del alcantarillado en un sector específico de la ciudad: la Carrera 14, entre las Calles 4ª y 5ª. La ejecución y supervisión de dicha obra se delegó a la Dirección de la Oficina de Obras Públicas Municipales. El Artículo 2° estableció el mecanismo de financiación de la obra, imponiendo una contribución especial o gravamen a los propietarios. Se dispuso que los propietarios o administradores de las fincas ubicadas dentro del sector beneficiado (Carrera 14 entre Calles 4ª y 5ª) procederían a pagar el valor correspondiente a cuotas de impuesto en la Tesorería Municipal. Se especificó que la cuantía de estas cuotas se determinaría de acuerdo con la liquidación de costos que debía elaborar la Dirección de Obras Municipales, la cual, a su vez, sería aportada por el Despacho del Alcalde.]