Descripción del Documento
"Sobre aseo y ornato de la ciudad." [Por medio de este decreto se ordenó verificar, durante el mes de noviembre de 1935, las reparaciones de las aceras o enlozados de las propiedades urbanas, así como realizar el desyerbo, el barrido y el embellecimiento de las paredes, junto con el barnizado correspondiente de puertas y ventanas. Se prohibió a los peatones arrojar cáscaras y basuras en las calles y parques, así como tiznar las paredes con rayas, fijar avisos fuera de los lugares autorizados o calcar inscripciones en muros y fachadas. Se establecieron multas por las infracciones a lo anterior, que oscilaban entre cinco y veinte pesos en caso de omisión.]