Contenido del Concepto
Es jurídicamente viable que el Municipio reciba en donación el 24% de la cancha por parte de la JAC no se adquieran gravámenes pecuniarios u obligación u prestación económica siempre y cuando además se cumplan: la insinuación, escritura pública, inscripción registral, además, debe expedirse el acto de aceptación conforme al Decreto Municipal 0031/2017 e incorporarse al inventario municipal. No obstante, la aceptación no elimina los riesgos propios del proindiviso con la Parroquia para ejecutar eventuales obras, por lo cual deben precaverse las limitaciones de uso, administración y eventuales tensiones con el deber de neutralidad religiosa en la inversión pública del bien inmueble.