Escudo Bucaramanga

Volver a Conceptos

Concepto No 2-S-SJ-202503-00015302 del 2025

Concepto - PATRIMONIAL

Vista Previa del Documento
Contenido del Concepto
A manera de conclusión se considera que es jurídicamente viable que el DADEP: i) Realice las gestiones tendientes, en primer lugar a revisar el régimen de propiedad horizontal y si hay eventuales cambios de coeficientes, áreas, si se requiere actualización, con lo cual se podrían generar los siguientes aspectos positivos: i) la creación de una instancia de administración propia del Centro Comercial San Bazar en la cual participarán los arrendatarios y/o ocupantes; ii) el traslado de los riesgos de gestión al administrador de la propiedad horizontal; iii) la estandarización de los procedimientos de toma de decisión al interior del Centro Comercial San Bazar; iv) la aplicación, por parte de la administración, del régimen disciplinario propio de la Propiedad Horizontal, en particular la recuperación de los espacios comunes; v) una presencia más permanente de la Administración Municipal en el Centro Comercial San Bazar, a través de los órganos de administración, que canalizarán las necesidades de los arrendatarios y las quejas de los usuarios. ii) Realizar un plan de enajenación de los bienes fiscales de naturaleza comercial, para facilitar la gestión del municipio, promover la propiedad privada y formalizar la ocupación de algunos de ellos. iii) Explorar la posibilidad de realizar el proceso de enajenación directa, de conformidad con el artículo 277 de la Ley 1955 de 2019, reglamentada por el Decreto 523 de 2021. iv) Identificar los locales comerciales o grupos de locales comerciales que se puedan entregar en administración a través de contratos, cuyas obligaciones, en todo caso, deben articularse con aquellas que se les correspondan a los órganos de gobierno del Centro Comercial San Bazar.
Información General
Clasificación