Contenido del Concepto
Dentro de las potestades que cuenta la administración y en gracia de discusión que la Secretaria Administrativa considere que algunos de los puntos materia de respuesta de la petición gozan de reserva, en este sentido deberá asumir la carga argumentativa de los motivos por los cuales no se accederá al acceso de la información. Así las cosas, dentro de las acciones que cuenta el peticionario, se ostenta que cuenta con dos mecanismos, tal cual lo son el recurso de insistencia establecido en el artículo 26 de la ley 1755 de 2015 y la acción de tutela como mecanismo constitucional, trámite en el cual -se resalta- peticionario de la información, deberá en su acreditar su legitimación como veedor