Contenido del Concepto
A manera de conclusión se considera que es jurídicamente viable que el DADEP celebre y/o renueve los negocios juridicos contratos de comodato, contratos de arriendo y convenios interadministrativos con bienes inmuebles en situaciones de deuda o impago de valorizacion, impuesto predial y servicios publicos adquiridos por negocios juridicos anteriores, estableciendo en primer lugar, en materia tributaria y de valorizacion las categorias, tipologias, usos y destinaciones, ya sea gravadas o no gravadas de inmuebles teniendo que la calidad del inmueble por si solo o del propietario no son las que definen la sujecion a dichos gravámenes, en cuyo caso se deberán adelantar las gestiones prescritas en los estatutos municipales para exonerar en cada caso la propiedad publicade los inmuebles ubicados en la jurisdiccion, tante frente al sistema tributario como de valorizacion. así mismo, y en funcion de viabilizar la disposicion contractual de los bienes inmuebles de propiedad del municipio, es menester que se establezcan expresamente, con claridad y exigibilidad las obligaciones de indole pecuniaria a favor de la entidad, de manera que se pueda acudir a las herramientas contractuales y legales derivadas de la misma contratacion