Contenido del Concepto
En conclusión, independientemente de la vigencia fiscal del presupuesto en el cual encuentra origen los recursos que fundamentan la futura contratación y también con independencia de la vigencia fiscal en la que se planee la ejecución de los compromisos presupuestales, su obligación, la verificación de los requisitos para su pago y el eventual egreso, los recursos que hacen parte del fondo territorial para la gestión del riesgo de desastres, por su carácter acumulativo, no requieren de autorización de vigencias futuras para su compromiso, afectación, ejecución o pago.