Contenido del Concepto
De lo anterior, se concluye, que no es posible que el Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público-DADEP, asuma la totalidad de las responsabilidades que emanan del programa de plazas de mercado ya que muchas de las funciones que se consagran en el Decreto 222 del 2014, recaen sobre acciones de control sobre los establecimientos comerciales que se encuentran ubicados dentro de las plazas de mercado y necesariamente esas obligaciones deben reposar sobre la Secretaría del Interior del Municipio de Bucaramanga. Ahora bien, existen algunas funciones como las consagradas en los numerales 4 y 10 del Artículo 4 del Decreto 222 de 2014, que pueden ser desarrolladas por el Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público-DADEP, ya que son obligaciones que recaen sobre la administración del patrimonio inmobiliario de la ciudad.