Contenido del Concepto
Por otra parte, y conforme a lo expuesto, se precisa que sí los recursos no provienen del Fondo Territorial de Gestión del Riesgo de Desastres del municipio se deberá adelantar el trámite de vigencias futuras ordinarias, con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 111 de 1993 y artículo 12 de la Ley 819 de 2003. En todo caso, se recomienda coordinar con la secretaría de hacienda del municipio el trámite de las mismas.