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Concepto No 2-S-SJ-202505-00032640 del 2025

Concepto - CONTRACTUAL

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Contenido del Concepto
Atendiendo el régimen jurídico de las operaciones de compra que adelantó el Municipio así como el reglamento de funcionamiento y operación de la Bolsa Mercantil, en el evento que la Entidad verifique situaciones de incumplimiento, deberá comunicar a la Sociedad Comisionista de Bolsa que actúa por su cuenta, para que ella en el marco de las obligaciones del contrato de comisión proceda a iniciar las acciones ante la Bolsa Mercantil, a fin de que la Bolsa examine y adopte las medidas necesarias y si es del caso proceda con la declaratoria de incumplimiento. Es importante como ya expuso antes, que la supervisión inicie comunicación con la Sociedad Comisionista de Bolsa que actúa por cuenta de la Entidad, para que ella conforme a sus obligaciones según contrato de comisión, brinde las asesorías, acompañamientos y actué ante la Bolsa Mercantil de Colombia a efectos de que el Municipio pueda exigir el cumplimiento de la operación. Por otra parte, y en el evento que el Municipio dentro de la presente operación le hubiera solicitado al comitente vendedor la constitución de garantías adicionales como lo es una póliza de seguro de cumplimiento, se considera que es posible que la Entidad pueda hacer efectiva esta garantía siempre que se trate de coberturas por ellas amparadas ante el incumplimiento del comitente vendedor. Sin embargo, la posibilidad de poder llevar a cabo esta afectación se encuentra sujeta al adelantamiento de un proceso administrativo sancionatorio contractual por parte del Municipio y siempre que no haya operada la prescripción extintiva de las acciones derivadas del contrato de seguro. Sobre este aspecto deberá tenerse en cuenta lo que se analizó en el acápite 3.2.2.
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